sábado, 30 de junio de 2012

MENSAJE Nº 25:CUENTA ACTIVIDAD MISIONERA PARA CHILE Nº1 POR INTERNET

MENSAJE Nº 25: CUENTA  MISIÓN CONTINENTAL Nº 1 POR INTERNET


El tema de esta misión siempre será que "TENEMOS QUE SER MISIONEROS DE NOSOTROS MISMO PARA PODER SERLO DE LOS DEMÁS...el ejemplo es lo primero y las 24 horas del día", para seguir las palabras de Juan XXIII           y Benedicto XVI.
¡¡El mundo se mejora comenzando por uno mismo, cambiando, con la gracia de Dios, lo que no va en nuestra vida!! (BENEDICTO XVI)

Mail: miguelnzoric@yahoo.com

Blog: http://salvemoselalmadelapatria.blogspot.com


ESTIMADOS  AMIGOS CATÓLICOS Y HERMANOS EN LA FE:   
 Con los mail siguientes y sus adjuntos se pretendió conseguir los conceptos Éticos o Morales que orientan las actividades de cientos de organizaciones de DD.HH ESPECIALMENTE EN EL TEMA DE LA HOMOSEXUALIDAD  Y DEL ABORTO que   -  de acuerdo a la Ética Universal  basada en la Naturaleza Humana y en la Conciencia o Ley Natural o Recta Razón - LO TRATAN MUY MAL, como veremos en los Mensajes sucesivos.
En esta materia, nuestra misión va dirigida a formar una campaña de oración para salvar a estos compatriotas gay y lesbianas de su mal al cual, no ellos, sino los que dicen defenderlos, no quieren que ellos cambien, en circunstancias  que siendo un tratorno mental ¡¡sí tiene  mejoría!!, como lo explicamos en este y en los sucesivos Mensajes. Recordemos que el ODIO ES AL MAL no al que lo hace, sobre todo que puede tener mejoría tanto física como espiritual
A todas estas Instituciones y Ministerio de Salu y Ministerio de Educación se les ha pedido  que expresen claramente  cualquiera corrección  a lo que les hemos enviado. Hoy 30 de Junio - porque no hubo  tiempo - nadie nos ha contradecido ningún punto, por lo tanto, ética y legalmente se entiende que "el que calla, otorga", es decir, acepta lo que se le dice como Verdad.  
Si alguien tiene algo que decir con argumentos  éticos e informaciones sobre este tema que podamos usarlo, pueden enviarlo por el mail  MIGUEL
 
 MAIL  27.ABRIL.2012  Y A CONTINUACIÓN LOS ADJUNTOS A ESTE MISMO
 MAIL ENVIADO A LA CORTE INTERAMERICANA DE DD.HH. COSTA RICA
ESTIMADOS DEFENSORES DE LOS DD.HH. ( SIGLA  CorteIDH)

Junto con saludarlos paso a expresarles que habiendo leído los Informes del INDH de Chile QUE SON LOS MISMOS ARGUMENTOS  QUE Uds. usan como en el caso  de la Sra. Atala he podido darme cuenta  cuál es la base ética, jurídica con la que emiten sus juicios.
En mi mail anterior - porque el tema  de la homosexualidad está de moda - hice presente  algunos reparos al fundamento y base de sus conclusiones sobre los cuales solicité se sirvieran decirme cuál sería el error de mis apreciaciones.
Ahora estoy pidiendo lo mismo del INDH (ver los adjuntos) solicitando también  me hagan ver los errores de mis plantemientos, los cuales agradeceré  que, como profesor de Ética, necesito saber cuando trate los DD.HH en clases a en las conversaciones  que se tienen.
Lo mismo que les dije al INDH les digo a Uds.: si no recibo  tales explicaciones que desearía  conocer a mis preguntas, supondré que  Uds. están de acuerdo con lo que yo les hago presente y así podré con tranquilidad  subir estos escritos al blog  
    http://salvemoselalmadelapatria.blogspot.com    y también darlas a conocer,  a través de internet, a mis amistades, autoridades, prensa, programas  interactivos  de radio, etc., pero si recibo sus explicaciones haré lo mismo, pero considerando las respuestas que me den.
En los adjuntos están los comentarios a los documentos  del INDH que son semejantes a los que he  escrito a Uds. en mi mail anterior.
A la espera de sus noticias, les saludo  cordialmente. MIGUEL

ADJUNTAMOS A ESTE MAIL LO SIGUIENTE:

 Primer Adjunto
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Santiago, Marzo 29 de 2010

ESTIMADA SRA. LORENA FRIES: (Pdte.Instituto Macional DD.DD de Chile)
Junto con saludarla y asegurarle mis oraciones por su labor en ese Instituto de tanta importancia para la salud del alma de la Patria y de de todos y cada uno de los chilenos y habitantes de este país, para hacer de Chile y del Bien Común, una Patria Feliz del Edén y con un Futuro Esplendor, como dice nuestro Himno Patrio, paso a pedirle la siguiente información de la cual existe abundante en Google, pero que es variada sus bases NO RELIGIOSA: : unos se guían por Marco Tulio Cicerón y el Derecho Romano; otros por Aristóteles y su ÉTICA: otros se guían sólo por su libre albedrío no por su libertad; otros por Marx y su lucha de clase ; otros por Tomás de Aquino y su ÉTICA:
  1. Cuál es la base con la que Uds. trabajan por la cual un ser humano es declarado persona
  2. Cuál es la base con la que Uds. trabajan gracias a la cual pueden Uds. jerarquizar las actitudes de vida de una persona
  3. Cuál es la base con la que Uds. determinan cuándo alguna función y actitud de vida es un derecho humano.
  4. Cuándo un derecho humano debe ser amparado por una ley explícita, en circunstancias que los derechos humanos son anteriores a la existencia de los estados, porque estaban en la mente de todos los seres humanos en forma innata.
Esta información, que desde ya agradezco se envíe a mi mail, me será de grande ayuda para cooperar con esta labor de enseñanza y defensa de los DD.HH. que Uds. hacen.
A la espera de sus noticias, le saludo atte.
MIGUEL ZORIC PROFESOR DE MATEMÁTICAS ENS. MEDIA Y PROFESOR DE ÉTICA PERSONAL Y PROFESIONAL PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA


SEGUNDO ADJUNTO
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Nadie debe ceder o modificar su Verdad si está basada en la fuerza de las argumentaciones y convicciones que posee, a menos que la otra parte le dé argumentos mejores, en cuyo caso sería un necio si no se aceptaran”.
En el libro de los Proverbios se lee: “ Corrige al sabio y te amará; corrige  al necio y te odiará”. Yo agradeceré se sirvan señalarme los errores que surjan de mis comentarios.

HITOS A RESPETAR DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE CHILE

Artículo 1° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.
Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la
población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Artículo 5. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.4

Artículo 6° Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República. 5
Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que
determine la ley.

Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas:
1°. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
La ley protege la vida del que está por nacer. 26
2°. La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. 28-29
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;
4° El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
6°. La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.

A continuación el  INDH se quejó contra el Gobierno de Chile a las cuales le hemos puesto nuestro comentario:

COMETARIOS a la primera queja contra el Estado de Chile

  1. Así el Comité de Derechos Humanos ha manifestado en relación al Estado de Chile “ (…) su preocupación por la legislación indebidamente restrictiva del aborto, especialmente en casos en que la vida de la madre esté en peligro. Lamenta que su gobierno no tenga planeado legislar en la materia. (Artículo 6 del Pacto)” 1

COMENTARIO: Nuestra Constitución dice en su Art. 19: “. La Constitución asegura a todas las personas:1°. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer. La discusión respecto a que la persona existe cuando nace y, por tanto, tiene derecho a la vida y que no así el feto que sólo la ley manda que sea protegido (lo que a buen entendedor indica desde la concepción), según nuestro Código Civil, no afecta a la vida de algún feto al cual el Estado está obligado a protegerlo, porque es lógico que se cuenta como chileno con nombre propio al que se ha separado de su madre. Este argumento no puede ser usado para validar el aborto y negarle el derecho a nacer, porque es lógico que lo que empezó en el óvulo fecundado, después como cigoto y luego como feto deberá llegar a su nacimiento, que es lo que la ley protege por lo cual no necesita especificarse, en caso contrario se entraría en una contradicción, una inconsecuencia, una incongruencia: tener una ley que hace de pedagogo del feto hasta su nacimiento, con otra ley que diga que se puede matarlo sin problema de conciencia ni problema jurídico, sólo porque algunos de los legisladores o jueces humanos se consideran superiores a los demás y piensan por otros y los obligan a pensar como ellos “con formas de pensar arbitrarias basadas en ideologías contrarias a la ley Natural o conciencia o Recta Razón con la cual todos nacemos y gracias a la cual la Humanidad ha podido ponerse de acuerdo y así, todos los países ”. Pero si tomamos pensamientos personalistas no habrá posibilidad de acuerdo, por lo cual tendrá que usarse la prepotencia, la fuerza, la violencia o la democracia donde por votaciones suelen las minorías hacer aprobar errores, falsedades, falacias, leyes injustas lo cual ha sucedido en todos los períodos de la Humanidad hasta hoy.
Retomando el tema: Si una persona quiere vivir alocadamente, adquirir vicios, buscar enfermedades, buscar la muerte manejando bajo las influencias del alcohol o droga, a pesar de todas la recomendaciones y spot publicitarios, tiene la capacidad de usar su libre albedrío que consiste en elegir males para sí y/o para la familia y sociedad. La libertad, en cambio, que existe sólo para elegir bienes y que sigue a la Conciencia, no le acepta tales acciones negativas y, entonces, el porfiado y egoísta o la porfiada y egoísta que se quiere más a sí mismo que al BIEN, elige males. Sin embargo, aunque haya una ley que le ampare sus malas acciones, ambas seguirán siendo malas. Sigue el Art..19: 2º)... Hombres y mujeres son iguales ante la ley. 28-29
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;
PREGUNTA: ¿Por qué, entonces, es “indebidamente restrictiva”? ¿No debiera, más bien, dársele un premio o una felicitación al Estado de Chile?, es decir, cuál sería, según INDH, la base ya de la sicología natural o de la recta razón o de las leyes vigentes o todas, siempre que no sean arbitrarias – como suena al que las lee - que obligarían a ser menos restrictivos y cuál sería la razón para ir contra la Constitución, transformando a cada mujer o pareja en asesinos de su hijo. Nuestra Constitución en el párrafo 1º está defendiendo “el Dº a la Vida”, y señalado especialmente “la del que está por nacer” , es decir, todavía en el vientre materno, con lo cual cumple con los DD.HH. Y en el párrafo 2º establece que ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias, es decir, tratar al feto como algo sin valor que debe ser eliminado cobardemente, pues no puede defenderse , en circunstancias, que tiene igual derecho a la vida que la “madre” que lo concibió sin amor, discriminándolo, entonces, brutalmente. La madre que concibió por amor nunca haría eso, al contrario, espera hasta el parto y deja que la naturaleza decida. Como ha sido el caso de no pocas madres y, contra el pensar de los médicos, siguieron con vida la madre y el hijo.
Segunda queja:
  1. Haciendo un especial llamado al Estado de Chile a adecuar su legislación interna a fin de prestar ayuda a las mujeres con el objeto de “ (…) evitar embarazos no deseados y que éstas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas. Debería asimismo revisar su legislación sobre el aborto con miras a que concuerde con el Pacto.” 2

COMENTARIO: Lo escrito en la primera queja vale para ésta. ¿Qué ayuda se puede prestar a una mujer que quiere hacer su vida egoísta a toda costa, incluso, aunque se perjudique a sí misma? ¿Enseñarle a vivir la continencia hasta que se case y quieran formar una familia? Seguramente una persona que busca el asesinato del ser inocente que porta, ya ha probado todos los anticonceptivos femeninos y masculinos, por tanto lo único que le queda es la continencia, lo cual sí debiera tener el Estado escuelas que enseñen tal actitud para quienes quieran, porque suele suceder que es por ignorancia o por falsas enseñanzas de amigas y amigos que las hacen caer en tales curiosidades sexuales lamentables e irreversibles.
No hay duda que evitar embarazos no deseados está de acuerdo a la recta razón, porque, si espera a su nacimiento, serían “hijos” no queridos cuya suerte futura no será el gozar la felicidad del amor de la madre. Mejor sería lo entregara en adopción a parejas heterosexuales que no pueden tener hijos y que buscan adoptar. Esta sería la diferencia con las parejas de homosexuales o lesbianas: que no quieren tener hijos – según consta por la Ideología de Género de las mujeres feministas radicales, que rechazan su papel de madre - y, por consiguiente, no sería el amor el que las guía para tales adopciones ¿por qué, entonces, buscar adoptar?. ¿Por qué no querer tener hijos propios?...por miedo a la maternidad y paternidad, tanto biológica como a la responsabilidad de criarlos - lo cual es una labor de toda la vida, en la práctica - , por los “inconvenientes y esclavitud” que les produce su rol por “la prepotencia de los hombres” que las han condenado a tales labores desde el principio y de aquí la lucha contra ellos y contra la Naturaleza.
No se entiende en base a qué parte de la recta razón y conciencia de la moralidad de los actos propios estaría el “que tenga que recurrir a abortos clandestinos”, que ninguna autoridad ni ley puede autorizar, por el necesario y eterno respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, de otro modo, sería actuar arbitrariamente - en lo que se manifiesta, por parte de la “madre”, ya una mentalidad asesina que no espeta los DD.HH. del feto -...para no poner en peligro su vida. Si yo o Ud. hubiéramos sido los que estábamos en el vientre “materno” de aquella que buscaba eliminarnos ¿lo hubiéramos encontrado justo? No hay duda que debemos estar agradecidos a nuestras respectivas madres. No sé qué argumentos usan los organismos de DD.HH. para pedir a un gobierno una ley que establezca que hay que salvar a la “madre” asesinando a su hijo, porque el feto también tiene, por ley, derecho a los DD:HH., como es el derecho a la vida, cualquiera sea la circunstancia en que fue concebido y taras que traiga (según dice la Constitución Política de Chile). Claro que cuando no hay amor, entonces al feto se le considera un estorbo, un tumor maligno, algo para amputar u operar. Por eso, los padres de hijos down no sólo no los abortaron sino que están felices con ellos por lo cariñosos que son; o de monstruosidades como los que llegan a los Cottolengos, al menos, no los abortaron, quizás sí han sido olvidados, sin embargo, hay personas , voluntarios, que regalan horas de su tiempo para hacerles más placentera la vida y que los atienden con un cariño, afecto, amor que merecerían – por las instituciones de DD.HH. - ser tratados y reconocidos como héroes y heroínas del respeto al Derecho Humano que el nacido tiene a la vida y su crianza, según los documentos de los Derechos del Niño. Sea una violación o una fiesta de parranda, una falla de la píldora o el condón, o a deformaciones, la solución sería darlos en adopción o entregarlos a los lugares existentes si están enfermos, lo cual debería tener financiamiento del Estado, aportando la misma cantidad que destinaría para tener abortos a granel a lo largo de Chile... ¡ y con la necesidad que tenemos de incrementar nuestra población que va a disminuir si mueren más de los que nacen!.
PREGUNTA: ¿No resulta inconsecuente el defender los DD.HH. de unos a costa de la negación de los DD:HH. de otros que son inocentes del por qué lo trajeron al mundo y autorizar sus asesinatos? ¿La misma mano que defiende también asesina? ¿Cuál es la razón que las instituciones de DD.HH. se hace cómplice de esto o será la politización que les quita libertad? Lamentablemente, da para pensar así.
Tercera queja:
  1. Por su parte el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, expresa su preocupación por “(…) la insuficiencia del reconocimiento y la protección de los derechos relacionados con la salud reproductiva de la mujer en Chile. Le sigue suscitando preocupación el hecho de que el aborto en cualquier circunstancia constituya un delito enjuiciable con arreglo a la legislación chilena, lo que puede llevar a las mujeres a la búsqueda de abortos inseguros e ilegales, con los consiguientes riesgos para su vida y su salud, así como por el hecho de que los abortos clandestinos sean la causa principal de mortalidad materna.3

COMENTARIO: Esto ya se comentó en la Queja 2ª),: ¿Salud reproductiva o salud abortiva? Parece una falacia el hablar de “salud reproductiva” para significar el aborto que son significados antónimos. No parece que el comportamiento de los seres humanos sea semejante al del perrito y perrita o del toro y vaca y con disculpas a estos animalitos, pues ellos cumplen son su ley instintiva cuando están en celo, pero nadie los hace cruzarse si no lo están. El hombre y mujer pueden tener sexo durante todo el año y todos los días, pero también tienen discernimiento, para saber cuándo usarlo para bien. Si quiere hacer del placer sexual, la razón de su existir, usado hasta incluso poner en riesgo su salud y vida ¿por qué tiene que pagar con la muerte un inocente – el feto - y el Estado redactar leyes que amparen la falta de criterio y control de su sexualidad?

PREGUNTA: ¿Dónde estaría la justicia de tal petición y la de tal ley asesina?¿Por qué las instituciones de DD.HH no se quejan de la falta de educación sexual de los gobiernos, para evitar que tantos jóvenes caigan en una vida desgraciada y falta de ideales y de orientación para que sean ciudadanos positivos para el Bien Común de la Patria?

Queja cuatro:

  1. Se exhorta a que el país fortalezca las medidas destinadas a la prevención de embarazos no deseados garantizando el acceso a “todos los tipos de anticonceptivos seguros y métodos de planificación de la familia, sin ninguna restricción…”4 y que a se reduzca la tasa de mortalidad materna implementando “(….) servicios de maternidad segura y asistencia prenatal, y a que adopte medidas para garantizar que las mujeres no tengan que buscar procedimientos médicos inseguros, como los abortos ilegales, debido a la falta de servicios adecuados en relación con el control de la fecundidad.”5

COMENTARIO: Este párrafo de INDH, según se desprende de su lectura, es una incitación a la anticoncepción sin ninguna restricción y, que si hay concepción, haya “servicios de maternidad segura y asistencia prenatal...para que las mujeres no busquen los abortos ilegales...”, sino que para ello hay tener ¡¡ servicios de maternidad segura...!!Tenía entendido que servicio de maternidad segura debiera corresponder al servicio para recibir a los hijos con la mayor sanidad e integridad posible y no para recibir los pedazos del cuerpo del feto para llevarlos a los laboratorios de cosméticos o para conseguir células madres. Con esta política de crecimiento vamos a tener que dejar que otros vengan a hacerse cargo del país, porque los chilenos seremos tan pocos, que dependeremos de las inmigraciones. De nuevo: ¡se necesita una educación sexual que no dependa de los anticonceptivos, porque a pesar de los muchos años que se lleva usándolos y recomendándolos como seguros, vemos que desde ya 15 ó 20 años estamos con cifras del Minsal de 40.000 niñas de 1º a 4º Medio madres solteras.

PREGUNTA: Agradeceré comunicarme ¿cuál fue la respuesta del Gobierno a estos pedidos? Artículo 1° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.

Quinta queja:

  1. Finalmente se hace un llamado a que “(…) Estado Parte considere la revisión de las leyes relativas al aborto con miras a suprimir las disposiciones punitivas aplicables a las mujeres que se someten a abortos y les dé acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos inseguros y reduzca las tasas de mortalidad materna, de conformidad con la recomendación general 24, relativa a la mujer y la salud, y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing”.6

COMENTARIO: Para reducir la mortalidad materna, debiera enseñarse a la mujer a reducir los embarazos y orientar su sexualidad, semejante a los anteriores comentarios. Sólo que la autoridad moral de la reunión de Beijing deja mucho que desear, cuando fueron recomendaciones hechas por mujeres feministas radicales, que no tienen conciencia del bien ni del mal, donde el bien es lo que logran con la lucha, porque que tienen la filosofía política de la lucha de clase de Marx, para poner a la mujer contra de los hombres , para que la mujer se niegue a tener hijos que le quitan tiempo y que si no lo quieren aceptar y quieren seguir siendo lo que ha sido siempre ¡¡¡deben ser obligadas!!!...quién sabe qué formas van a elegir para lograrlo. ¡Por eso tantas separaciones matrimoniales, donde quien quiere “independizarse” es la mujer!

PREGUNTA: Tales criterios politizados ¿son también los de ese Instituto INDH?

Sexta queja:

Todas estas recomendaciones y observaciones son consistentes con la doctrina asentada y desarrollada por el Sistema Universal de Derechos Humanos y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los cuales de manera constante han reconocido hipótesis lícitas de interrupción voluntaria del embarazo fundamentalmente cuando corra peligro la salud y la vida de la gestante.

En relación específicamente al art. 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme al cual el derecho a la vida estará protegido por ley, en general, a partir del momento de la concepción, se ha interpretado como la autorización a casos lícitos de interrupción voluntaria del embarazo. Así la Comisión Interamericana ha decidido, en el denominado caso “Baby boy”7, que la existencia de legislación que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo no constituye violación del derecho a la vida, establecido por el artículo I de la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre.
COMENTARIO: Según lo leído en los documentos enviados el INDH se guía igual que la Corte IDH con el pensamiento de “estar libre de las arbitrariedades de los gobiernos” , que es una condición de existencia necesaria para poder controlar, revisar y sentenciar peticiones de justicia adecuadas a las situaciones que se presenten en los distintos DD:HH de las personas. Sin embargo, así como está escrita, es una base muy amplia y poco precisa, porque al no respetarse la Ley Natural que es la primera de todas las Leyes y sin cuyo respeto ninguna ley es beneficiosa para las sociedades y cuesta aplicarse a todas las naciones, porque la conciencia es lo único que nos une y ayuda a comprendernos como personas, en caso contrario se prestaría para arbitrariedades de un grupo de personas que buscan imponer sus ideas personales, que en este caso estaría claramente especificado el derecho indiscriminado al aborto al criticar al Estado de Chile “legislación indebidamente restrictiva del aborto”

1 Comité de Derechos Humanos CCPR/C/CHL/CO/5. 17 Abril 2007. Párr. 8
2 Ibidem.
3 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. CEDAW/C/CHI/CO/4. 25 de agosto de 2006. Párr. 19.
4 Idem. Párr. 20
5 Ibidem.
6 Ibidem.


TERCER ADJUNTO
COLABORACIÓN DE UN INTERNAUTA QUE  ENCONTRÓ LO SIGUIENTE:

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PENSAMIENTO COMUNISTA Y ABORTO

lfonso conn clasing (signed in using Hotmail)
Transcribo lo siguiente:

Tras la toma del jueves de la sede de la UDI, se encontró en el lugar el instructivo progresista comunista siguiente:

"Instructivo para derrotar a la derecha neo liberal y fascista en materia de aborto.
Siga los siguientes pasos uno a uno:

1. Use la técnica del 'jurel tipo salmón'. No hable de aborto a secas, hable de 'aborto terapéutico'.

2. Si le argumentan que no es 'terapéutico' matar un feto y que existe consenso médico en que se puede tratar a la madre, aunque indirectamente se afecte al feto (principio del doble efecto), niéguelo todo. Si un ministro de Salud dice que no es necesario legislar al respecto, puesto que ya hay tratamiento adecuado, diga que quiere destruir la Salud Pública.

3. Jamás revele sus verdaderas intenciones. Cuando se sienta acorralado por argumentos científicos, morales y de derechos humanos, diga que es un tema de libertad de la mujer y que es para salvar su vida. Diga que los ricos pueden hacerlo pero los pobres no; que debe haber una ley y que ésta es materia de autonomía individual, no de moral ni menos de derechos humanos.

4. No intente rebatir los argumentos de su oponente, ataque su religión y dígale que no puede hablar de esta materia porque tiene un conflicto de interés, que no es racional y que quiere imponer su verdad. Si no es creyente, ataque su filiación política. Si todavía no resulta, ataque su clase social: ¡la lucha de clases no cesa, compañero!

5. Si alguno de sus oponentes comete un error comunicacional, use todas las herramientas tecnológicas del neorrevolucionario y humille sin cesar. Si considera que está siendo injusto, recuerde: ni perdón ni olvido.

6. Si sus argumentos están siendo poco escuchados o tiene poca tribuna, busque cámara tomándose un lugar importante, como la sede de un partido político grande. Si llega Carabineros, busque la confrontación y victimícese. Califique esto como represión y recuerde mencionar que su acto era sólo una "toma pacífica" (ver punto 1).

7. Si aun así la postura sigue siendo impopular, reclute actores, haga teleseries, libros y videos. Gramsci siempre tuvo la razón.

8. Si no tiene cifras que sustenten su teoría, invéntelas. Pero dígalas con seriedad y convicción. Si se las niegan, diga que ésa es "su verdad" y que esto pasa porque la derecha ha ocultado la información. Por ningún motivo mencione que en Chile las tasas de mortalidad de embarazadas son de las más bajas del mundo. Mejor ponga un ejemplo dramático.

9. Convoque a sus amigos y autodefínanse como un 'Movimiento Social'. Busque especialmente dentro de sus amigos liberales progresistas. Aunque ellos creen que la libertad se agota en el no hacerle daño a un tercero, puede convencerlo de que aquello que está en el vientre de la madre no es una persona, y por ende no es sujeto de derechos. No sea democrático y utilice el mecanismo de consulta de bases para mantener el control del movimiento. Si necesita que éste se radicalice, solicite interventores del partido.

10. Y por último, aunque usted crea que el Estado es el que les otorga los derechos a las personas, que debe garantizarlos todos, e intentar hacer todo en la sociedad -como dar aborto libre, gratuito y de calidad-, diga que le parece repugnante que el Estado decida. Si le produce mucha dificultad, pídale a otro que lo diga por usted.
PD: En caso de dudas, comuníquese con la mesa central o espere el próximo curso de adoctrinamiento".
"USE LA TÉCNICA DEL 'JUREL TIPO SALMÓN'. NO HABLE DE ABORTO A SECAS, HABLE DE 'ABORTO TERAPÉUTICO'".


CUARTO DJUNTO

 
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Nadie debe ceder o modificar su Verdad si está basada en la fuerza de las argumentaciones y convicciones que posee, a menos que la otra parte le dé argumentos mejores, en cuyo caso sería un necio si no se aceptaran”.
En el libro de los Proverbios se lee: “ Critica al sabio y te amará; critica al necio y te odiará”. Yo agradeceré se sirvan señalarme los errores que surjan de mis comentarios.
HITOS A RESPETAR DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE CHILE


Artículo 1° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.
Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la
población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Artículo 5. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.4

Artículo 6° Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República. 5
Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que
determine la ley.

Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas:
1°. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
La ley protege la vida del que está por nacer. 26
2°. La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. 28-29
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;
4° El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
6°. La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.


COMETARIOS al INDH: primera queja contra el Estado de Chile

  1. Así el Comité de Derechos Humanos ha manifestado en relación al Estado de Chile “ (…) su preocupación por la legislación indebidamente restrictiva del aborto, especialmente en casos en que la vida de la madre esté en peligro. Lamenta que su gobierno no tenga planeado legislar en la materia. (Artículo 6 del Pacto)” 1

COMENTARIO: Nuestra Constitución dice en su Art. 19: “. La Constitución asegura a todas las personas:1°. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer. La discusión respecto a que la persona existe cuando nace y, por tanto, tiene derecho a la vida y que no así el feto que sólo la ley manda que sea protegido (lo que a buen entendedor indica desde la concepción), según nuestro Código Civil, no afecta a la vida de algún feto al cual el Estado está obligado a protegerlo, porque es lógico que se cuenta como chileno con nombre propio al que se ha separado de su madre. Este argumento no puede ser usado para validar el aborto y negarle el derecho a nacer, porque es lógico que lo que empezó en el óvulo fecundado, después como cigoto y luego como feto deberá llegar a su nacimiento, que es lo que la ley protege por lo cual no necesita especificarse, en caso contrario se entraría en una contradicción, una inconsecuencia, una incongruencia: tener una ley que hace de pedagogo del feto hasta su nacimiento, con otra ley que diga que se puede matarlo sin problema de conciencia ni problema jurídico, sólo porque algunos de los legisladores o jueces humanos se consideran superiores a los demás y piensan por otros y los obligan a pensar como ellos “con formas de pensar arbitrarias basadas en ideologías contrarias a la ley Natural o conciencia o Recta Razón con la cual todos nacemos y gracias a la cual la Humanidad ha podido ponerse de acuerdo y así, todos los países ”. Pero si tomamos pensamientos personalistas no habrá posibilidad de acuerdo, por lo cual tendrá que usarse la prepotencia, la fuerza, la violencia o la democracia donde por votaciones suelen las minorías hacer aprobar errores, falsedades, falacias, leyes injustas lo cual ha sucedido en todos los períodos de la Humanidad hasta hoy.
Retomando el tema: Si una persona quiere vivir alocadamente, adquirir vicios, buscar enfermedades, buscar la muerte manejando bajo las influencias del alcohol o droga, a pesar de todas la recomendaciones y spot publicitarios, tiene la capacidad de usar su libre albedrío que consiste en elegir males para sí y/o para la familia y sociedad. La libertad, en cambio, que existe sólo para elegir bienes y que sigue a la Conciencia, no le acepta tales acciones negativas y, entonces, el porfiado y egoísta o la porfiada y egoísta que se quiere más a sí mismo que al BIEN, elige males. Sin embargo, aunque haya una ley que le ampare sus malas acciones, ambas seguirán siendo malas. Sigue el Art..19: 2º)... Hombres y mujeres son iguales ante la ley. 28-29
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;
PREGUNTA: ¿Por qué, entonces, es “indebidamente restrictiva”? ¿No debiera, más bien, dársele un premio o una felicitación al Estado de Chile?, es decir, cuál sería, según INDH, la base ya de la sicología natural o de la recta razón o de las leyes vigentes o todas, siempre que no sean arbitrarias – como suena al que las lee - que obligarían a ser menos restrictivos y cuál sería la razón para ir contra la Constitución, transformando a cada mujer o pareja en asesinos de su hijo. Nuestra Constitución en el párrafo 1º está defendiendo “el Dº a la Vida”, y señalado especialmente “la del que está por nacer” , es decir, todavía en el vientre materno, con lo cual cumple con los DD.HH. Y en el párrafo 2º establece que ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias, es decir, tratar al feto como algo sin valor que debe ser eliminado cobardemente, pues no puede defenderse , en circunstancias, que tiene igual derecho a la vida que la “madre” que lo concibió sin amor, discriminándolo, entonces, brutalmente. La madre que concibió por amor nunca haría eso, al contrario, espera hasta el parto y deja que la naturaleza decida. Como ha sido el caso de no pocas madres y, contra el pensar de los médicos, siguieron con vida la madre y el hijo.
Segunda queja:
  1. Haciendo un especial llamado al Estado de Chile a adecuar su legislación interna a fin de prestar ayuda a las mujeres con el objeto de “ (…) evitar embarazos no deseados y que éstas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas. Debería asimismo revisar su legislación sobre el aborto con miras a que concuerde con el Pacto.” 2

COMENTARIO: Lo escrito en la primera queja vale para ésta. ¿Qué ayuda se puede prestar a una mujer que quiere hacer su vida egoísta a toda costa, incluso, aunque se perjudique a sí misma? ¿Enseñarle a vivir la continencia hasta que se case y quieran formar una familia? Seguramente una persona que busca el asesinato del ser inocente que porta, ya ha probado todos los anticonceptivos femeninos y masculinos, por tanto lo único que le queda es la continencia, lo cual sí debiera tener el Estado escuelas que enseñen tal actitud para quienes quieran, porque suele suceder que es por ignorancia o por falsas enseñanzas de amigas y amigos que las hacen caer en tales curiosidades sexuales lamentables e irreversibles.
No hay duda que evitar embarazos no deseados está de acuerdo a la recta razón, porque, si espera a su nacimiento, serían “hijos” no queridos cuya suerte futura no será el gozar la felicidad del amor de la madre. Mejor sería lo entregara en adopción a parejas heterosexuales que no pueden tener hijos y que buscan adoptar. Esta sería la diferencia con las parejas de homosexuales o lesbianas: que no quieren tener hijos – según consta por la Ideología de Género de las mujeres feministas radicales, que rechazan su papel de madre - y, por consiguiente, no sería el amor el que las guía para tales adopciones ¿por qué, entonces, buscar adoptar?. ¿Por qué no querer tener hijos propios?...por miedo a la maternidad y paternidad, tanto biológica como a la responsabilidad de criarlos - lo cual es una labor de toda la vida, en la práctica - , por los “inconvenientes y esclavitud” que les produce su rol por “la prepotencia de los hombres” que las han condenado a tales labores desde el principio y de aquí la lucha contra ellos y contra la Naturaleza.
No se entiende en base a qué parte de la recta razón y conciencia de la moralidad de los actos propios estaría el “que tenga que recurrir a abortos clandestinos”, que ninguna autoridad ni ley puede autorizar, por el necesario y eterno respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, de otro modo, sería actuar arbitrariamente - en lo que se manifiesta, por parte de la “madre”, ya una mentalidad asesina que no espeta los DD.HH. del feto -...para no poner en peligro su vida. Si yo o Ud. hubiéramos sido los que estábamos en el vientre “materno” de aquella que buscaba eliminarnos ¿lo hubiéramos encontrado justo? No hay duda que debemos estar agradecidos a nuestras respectivas madres. No sé qué argumentos usan los organismos de DD.HH. para pedir a un gobierno una ley que establezca que hay que salvar a la “madre” asesinando a su hijo, porque el feto también tiene, por ley, derecho a los DD:HH., como es el derecho a la vida, cualquiera sea la circunstancia en que fue concebido y taras que traiga (según dice la Constitución Política de Chile). Claro que cuando no hay amor, entonces al feto se le considera un estorbo, un tumor maligno, algo para amputar u operar. Por eso, los padres de hijos down no sólo no los abortaron sino que están felices con ellos por lo cariñosos que son; o de monstruosidades como los que llegan a los Cottolengos, al menos, no los abortaron, quizás sí han sido olvidados, sin embargo, hay personas , voluntarios, que regalan horas de su tiempo para hacerles más placentera la vida y que los atienden con un cariño, afecto, amor que merecerían – por las instituciones de DD.HH. - ser tratados y reconocidos como héroes y heroínas del respeto al Derecho Humano que el nacido tiene a la vida y su crianza, según los documentos de los Derechos del Niño. Sea una violación o una fiesta de parranda, una falla de la píldora o el condón, o a deformaciones, la solución sería darlos en adopción o entregarlos a los lugares existentes si están enfermos, lo cual debería tener financiamiento del Estado, aportando la misma cantidad que destinaría para tener abortos a granel a lo largo de Chile... ¡ y con la necesidad que tenemos de incrementar nuestra población que va a disminuir si mueren más de los que nacen!.
PREGUNTA: ¿No resulta inconsecuente el defender los DD.HH. de unos a costa de la negación de los DD:HH. de otros que son inocentes del por qué lo trajeron al mundo y autorizar sus asesinatos? ¿La misma mano que defiende también asesina? ¿Cuál es la razón que las instituciones de DD.HH. se hace cómplice de esto o será la politización que les quita libertad? Lamentablemente, da para pensar así.
Tercera queja:
  1. Por su parte el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, expresa su preocupación por “(…) la insuficiencia del reconocimiento y la protección de los derechos relacionados con la salud reproductiva de la mujer en Chile. Le sigue suscitando preocupación el hecho de que el aborto en cualquier circunstancia constituya un delito enjuiciable con arreglo a la legislación chilena, lo que puede llevar a las mujeres a la búsqueda de abortos inseguros e ilegales, con los consiguientes riesgos para su vida y su salud, así como por el hecho de que los abortos clandestinos sean la causa principal de mortalidad materna.3

COMENTARIO: Esto ya se comentó en la Queja 2ª),: ¿Salud reproductiva o salud abortiva? Parece una falacia el hablar de “salud reproductiva” para significar el aborto que son significados antónimos. No parece que el comportamiento de los seres humanos sea semejante al del perrito y perrita o del toro y vaca y con disculpas a estos animalitos, pues ellos cumplen son su ley instintiva cuando están en celo, pero nadie los hace cruzarse si no lo están. El hombre y mujer pueden tener sexo durante todo el año y todos los días, pero también tienen discernimiento, para saber cuándo usarlo para bien. Si quiere hacer del placer sexual, la razón de su existir, usado hasta incluso poner en riesgo su salud y vida ¿por qué tiene que pagar con la muerte un inocente – el feto - y el Estado redactar leyes que amparen la falta de criterio y control de su sexualidad?

PREGUNTA: ¿Dónde estaría la justicia de tal petición y la de tal ley asesina?¿Por qué las instituciones de DD.HH no se quejan de la falta de educación sexual de los gobiernos, para evitar que tantos jóvenes caigan en una vida desgraciada y falta de ideales y de orientación para que sean ciudadanos positivos para el Bien Común de la Patria?

Queja cuatro:

  1. Se exhorta a que el país fortalezca las medidas destinadas a la prevención de embarazos no deseados garantizando el acceso a “todos los tipos de anticonceptivos seguros y métodos de planificación de la familia, sin ninguna restricción…”4 y que a se reduzca la tasa de mortalidad materna implementando “(….) servicios de maternidad segura y asistencia prenatal, y a que adopte medidas para garantizar que las mujeres no tengan que buscar procedimientos médicos inseguros, como los abortos ilegales, debido a la falta de servicios adecuados en relación con el control de la fecundidad.”5

COMENTARIO: Este párrafo de INDH, según se desprende de su lectura, es una incitación a la anticoncepción sin ninguna restricción y, que si hay concepción, haya “servicios de maternidad segura y asistencia prenatal...para que las mujeres no busquen los abortos ilegales...”, sino que para ello hay tener ¡¡ servicios de maternidad segura...!!Tenía entendido que servicio de maternidad segura debiera corresponder al servicio para recibir a los hijos con la mayor sanidad e integridad posible y no para recibir los pedazos del cuerpo del feto para llevarlos a los laboratorios de cosméticos o para conseguir células madres. Con esta política de crecimiento vamos a tener que dejar que otros vengan a hacerse cargo del país, porque los chilenos seremos tan pocos, que dependeremos de las inmigraciones. De nuevo: ¡se necesita una educación sexual que no dependa de los anticonceptivos, porque a pesar de los muchos años que se lleva usándolos y recomendándolos como seguros, vemos que desde ya 15 ó 20 años estamos con cifras del Minsal de 40.000 niñas de 1º a 4º Medio madres solteras.

PREGUNTA: Agradeceré comunicarme ¿cuál fue la respuesta del Gobierno a estos pedidos? Artículo 1° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.


Quinta queja:

  1. Finalmente se hace un llamado a que “(…) Estado Parte considere la revisión de las leyes relativas al aborto con miras a suprimir las disposiciones punitivas aplicables a las mujeres que se someten a abortos y les dé acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos inseguros y reduzca las tasas de mortalidad materna, de conformidad con la recomendación general 24, relativa a la mujer y la salud, y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing”.6

COMENTARIO: Para reducir la mortalidad materna, debiera enseñarse a la mujer a reducir los embarazos y orientar su sexualidad, semejante a los anteriores comentarios. Sólo que la autoridad moral de la reunión de Beijing deja mucho que desear, cuando fueron recomendaciones hechas por mujeres feministas radicales, que no tienen conciencia del bien ni del mal, donde el bien es lo que logran con la lucha, porque que tienen la filosofía política de la lucha de clase de Marx, para poner a la mujer contra de los hombres , para que la mujer se niegue a tener hijos que le quitan tiempo y que si no lo quieren aceptar y quieren seguir siendo lo que ha sido siempre ¡¡¡deben ser obligadas!!!...quién sabe qué formas van a elegir para lograrlo. ¡Por eso tantas separaciones matrimoniales, donde quien quiere “independizarse” es la mujer!

PREGUNTA: Tales criterios politizados ¿son también los de ese Instituto INDH?

Sexta queja:

Todas estas recomendaciones y observaciones son consistentes con la doctrina asentada y desarrollada por el Sistema Universal de Derechos Humanos y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los cuales de manera constante han reconocido hipótesis lícitas de interrupción voluntaria del embarazo fundamentalmente cuando corra peligro la salud y la vida de la gestante.

En relación específicamente al art. 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme al cual el derecho a la vida estará protegido por ley, en general, a partir del momento de la concepción, se ha interpretado como la autorización a casos lícitos de interrupción voluntaria del embarazo. Así la Comisión Interamericana ha decidido, en el denominado caso “Baby boy”7, que la existencia de legislación que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo no constituye violación del derecho a la vida, establecido por el artículo I de la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre.
COMENTARIO: Según lo leído en los documentos enviados el INDH se guía igual que la Corte IDH con el pensamiento de “estar libre de las arbitrariedades de los gobiernos” , que es una condición de existencia necesaria para poder controlar, revisar y sentenciar peticiones de justicia adecuadas a las situaciones que se presenten en los distintos DD:HH de las personas. Sin embargo, así como está escrita, es una base muy amplia y poco precisa, porque al no respetarse la Ley Natural que es la primera de todas las Leyes y sin cuyo respeto ninguna ley es beneficiosa para las sociedades y cuesta aplicarse a todas las naciones, porque la conciencia es lo único que nos une y ayuda a comprendernos como personas, en caso contrario se prestaría para arbitrariedades de un grupo de personas que buscan imponer sus ideas personales, que en este caso estaría claramente especificado el derecho indiscriminado al aborto al criticar al Estado de Chile “legislación indebidamente restrictiva del aborto".


















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